UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
ESCUELA DE MEDICINA

SOCIOLOGIA

Tema:
SOCIOLOGIA DEL DERECHO

Estudiante:
Odalis Nicole Luque Flores 


Docente:

Dr. Silvio Alcívar Molina

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Introducción

Los DDHH son un fenómeno histórico que deben ser estudiados constantemente para que el derecho internacional pueda regularlos convenientemente, especialmente ahora que estamos frente a un escenario internacional bastante demandante. Es objeto del día a día el abuso de derechos de toda índole, el individualismo arrasa con cualquier tipo de ética. Actualmente los derechos humanos son protegidos por normas y ahora el interés es internacional por lo que el tema se ha salido de la jurisdicción exclusiva estatal. Además que por las conexiones que nos rodean, lo que sucede en un territorio específico puede afectar al resto de los integrantes del sistema internacional.
Es difícil ver cómo encajan los derechos humanos en el mundo globalizado. No se pueden globalizar cuando ni siquiera han sido efectivos completamente para todas las poblaciones antes de esta ola capitalista. Nunca se ha logrado por completo que todas las personas, sin distingo alguno, disfruten de los derechos que se consideran universales e inalienables. No obstante, son alienados claramente y sin posibilidad de protesta que valga porque el sistema lo ha vuelto aceptable a nuestros ojos.
El presente se ha dado con el fin único de analizar la sociología del derecho.




Conceptos
Derecho y globalización
El derecho se ve afectado por las poderosas fuerzas de globalización que actualmente actúan en el mundo entero. ¿De qué manera? , en la medida que se da la desnacionalización de los mercados, las leyes y la política en el sentido de esa interrelación de los pueblos por el bien común, de esa forma este fenómeno de globalización el cual abarca muchos aspectos de nuestra realidad humana influye en el futuro de nuestras naciones inclusive el futuro de nuestro planeta, por lo tanto también afecta de forma directa aspectos jurídicos en sus diversas manifestaciones y se hace necesario realizar un estudio profundo sobre la normatividad global, requiriendo de la cooperación de todos los estados debido a que internacionalizar es la forma que permite a los estados-naciones de satisfacer sus intereses nacionales mientras que la globalización es el paso de
Se considera que la teoría jurídica general es un concepto mucho más amplio y más flexible que el termino teoría jurídica global, debido a que la teoría jurídica general consiste en construir descripciones de los fenómenos jurídicos que tienen lugar en el mundo considerado como un todo, pero la teoría jurídica necesita ocuparse también de todos los niveles del ordenamiento jurídico y sus interrelaciones, además concibe como problemática la generalización
La globalización hace referencia a los Pueblos pero precisamente, los Estados se ven dominados por la situación, han dejado a un lado la seguridad y las garantías que sus  poblaciones deben recibir para que las empresas las satisfagan y éstas lo que aportan son sólo pañitos de agua tibia. El enfoque de persona se ha ido dispersando. Por mantener controlado el elemento humano, los Estados globalizados violan varios derechos humanos consagrados en la Declaración correspondiente.
Los Estados han perdido su fuerza y cada vez más, los actores de la globalización buscan concretar un dominio absoluto que los mantenga en el poder mundial a costa del atropello sin precedentes de los Derechos, que por ser humanos, merecemos recibir. Peor aún, y es lo que se debe evitar a toda costa porque atenta contra el mismo carácter de la humanidad… la determinación de un derecho internacional globalizado e irreversible.
La globalización no debe ser un pretexto para que los países con grandes economías y por ende de grandes capitales pisoteen a los demás estados que no estén en sus mismas condiciones de poder y riqueza. Pues de esta forma se distanciaría aún más los unos de los otros y en realidad este no es la finalidad de la globalización, ella está dada para levantar, formar, establecer en vez de explotar, destruir, marginar.
En términos generales la globalización debe crear una fuerza positiva que luche por el ser humano y su diversidad.
La estructuración del mundo jurídico global no permite que se continúe limitando el análisis de las relaciones entre los diferentes productores del derecho, sus competencias y normatividad en términos de simple soberanía o de jerarquía institucional.



Multiculturalismo
El multiculturalismo es uno de los tantos temas ya tratados y analizados por todos nosotros. El multiculturalismo así como se aprecia en la palabra, hace referencia a la existencia de muchas culturas que habitan en nuestro planeta. Así con esta simple definición podemos comprender que el multiculturalismo simplemente es la coexistencia en un Estado de diferentes grupos étnicos reclamando el conocimiento de su identidad y derecho a la diferencia. 
El profesor Luis Villar Borda en su libro Derechos Humanos: responsabilidad y multiculturalismo lo desglosa en dos ensayos en donde el primero trata sobre el tema de la “responsabilidad por su violación y el multiculturalismo “ tema que ha sido tratado en múltiples oportunidades y lugares generando siempre muchas controversias sobre este tema, en muchas de estas oportunidades son muchos los que han estado de acuerdo en el establecimiento de una Corte Penal Internacional que se encargue de conocer , estudiar y juzgar a todos aquellos actores que de una u otra forma violan los Derechos Humanos trátese de actores armados ilegales o legales; entre ellos el mismo Estado, a pesar de que la constitución de 1991 le da un estatus a cada una de las representaciones étnicas que se encuentran asentadas en el país no se tiene la suficiente seguridad para evitar que sean masacrados o desplazados en masa de sus lugares habituales de vida y trabajo.
De otra parte, en tanto una proporción importante de los desplazados la constituye la población perteneciente a pueblos indígenas, serán ellos quienes en ocasiones acudan al proceso penal como víctimas. Se tendrá que analizar si el proceso penal frente a estos pueblos, adoptado dentro de perspectivas de universalidad y monoculturalismo, entra en crisis. Sin embargo durante los últimos años los niveles de pobreza han aumentado de manera abrumadora, además de algunas prácticas discriminatorias frente a determinados sectores de la población (homosexuales, desplazados, mujeres) aun son propaladas bajo el auspicio de un ordenamiento jurídico deficiente; y por último, la creciente especialización en las diferentes ramas del derecho, y el reconocimiento de la diversidad cultural han propiciado el florecimiento de regímenes diferenciados de protección, como es el caso del régimen propio de los grupos indígenas, de las comunidades negras, o de las comunidades de paz.


Conclusiones
El tema de los derechos humanos  se debe ver desde una perspectiva en conjunto de la sociedad internacional pese a que esté  limitada para una minoría bastante reducida. El desarrollo debería ser universal. Pero la globalización busca una centralidad que aísla a los DDHH.
Puede decirse que la globalización en su contexto histórico ha sido muy importante, sin embargo, la historia global no se debe interpretar en función de una región en particular sino en todo su contexto. Lo irónico es que en la actualidad se muestra como si el poderío económico de nuestra época es el mayor avance en la plenitud de vida que los humanos debemos tener, sin embargo, sólo está limitado para una minoría bastante reducida.
Es importante analizar el trasfondo de la globalización que, en realidad, aparece promovida  por la doctrina neoliberal que la determinó como proyecto político. Este persigue la construcción de una organización económica internacional en la que la libertad financiera se expanda sin obstáculos, ni siquiera las disposiciones estatales puesto que éstas deben estar a su entero servicio.



Imágenes
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Bibliografía




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