
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
ESCUELA DE MEDICINA
SOCIOLOGIA
Tema:
SOCIOLOGIA DEL DERECHO
Estudiante:
Odalis Nicole Luque Flores
Estudiante:
Odalis Nicole Luque Flores
Docente:
Dr. Silvio Alcívar Molina
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Introducción
Los DDHH son un fenómeno
histórico que deben ser estudiados constantemente para que el derecho
internacional pueda regularlos convenientemente, especialmente ahora que
estamos frente a un escenario internacional bastante demandante. Es objeto del
día a día el abuso de derechos de toda índole, el individualismo arrasa con
cualquier tipo de ética. Actualmente los derechos humanos son protegidos por
normas y ahora el interés es internacional por lo que el tema se ha salido de
la jurisdicción exclusiva estatal. Además que por las conexiones que nos
rodean, lo que sucede en un territorio específico puede afectar al resto de los
integrantes del sistema internacional.
Es difícil ver cómo
encajan los derechos humanos en el mundo globalizado. No se pueden globalizar
cuando ni siquiera han sido efectivos completamente para todas las poblaciones
antes de esta ola capitalista. Nunca se ha logrado por completo que todas las
personas, sin distingo alguno, disfruten de los derechos que se consideran
universales e inalienables. No obstante, son alienados claramente y sin
posibilidad de protesta que valga porque el sistema lo ha vuelto aceptable a
nuestros ojos.
El presente se ha dado
con el fin único de analizar la sociología del derecho.
Conceptos
Derecho y globalización
El derecho se ve afectado por las
poderosas fuerzas de globalización que actualmente actúan en el mundo entero.
¿De qué manera? , en la medida que se da la desnacionalización de los mercados,
las leyes y la política en el sentido de esa interrelación de los pueblos por
el bien común, de esa forma este fenómeno de globalización el cual abarca
muchos aspectos de nuestra realidad humana influye en el futuro de nuestras
naciones inclusive el futuro de nuestro planeta, por lo tanto también afecta de
forma directa aspectos jurídicos en sus diversas manifestaciones y se hace
necesario realizar un estudio profundo sobre la normatividad global,
requiriendo de la cooperación de todos los estados debido a que
internacionalizar es la forma que permite a los estados-naciones de satisfacer
sus intereses nacionales mientras que la globalización es el paso de
Se considera que la teoría jurídica
general es un concepto mucho más amplio y más flexible que el termino teoría
jurídica global, debido a que la teoría jurídica general consiste en construir
descripciones de los fenómenos jurídicos que tienen lugar en el mundo
considerado como un todo, pero la teoría jurídica necesita ocuparse también de
todos los niveles del ordenamiento jurídico y sus interrelaciones, además
concibe como problemática la generalización
La globalización hace
referencia a los Pueblos pero precisamente, los Estados se ven dominados por la
situación, han dejado a un lado la seguridad y las garantías que sus poblaciones deben recibir para que las empresas
las satisfagan y éstas lo que aportan son sólo pañitos de agua tibia. El
enfoque de persona se ha ido dispersando. Por mantener controlado el elemento
humano, los Estados globalizados violan varios derechos humanos consagrados en
la Declaración correspondiente.
Los Estados han perdido
su fuerza y cada vez más, los actores de la globalización buscan concretar un
dominio absoluto que los mantenga en el poder mundial a costa del atropello sin
precedentes de los Derechos, que por ser humanos, merecemos recibir. Peor aún,
y es lo que se debe evitar a toda costa porque atenta contra el mismo carácter
de la humanidad… la determinación de un derecho internacional globalizado e
irreversible.
La globalización no debe ser un
pretexto para que los países con grandes economías y por ende de grandes
capitales pisoteen a los demás estados que no estén en sus mismas condiciones
de poder y riqueza. Pues de esta forma se distanciaría aún más los unos de los
otros y en realidad este no es la finalidad de la globalización, ella está dada
para levantar, formar, establecer en vez de explotar, destruir, marginar.
En términos generales la globalización
debe crear una fuerza positiva que luche por el ser humano y su diversidad.
La estructuración del mundo jurídico
global no permite que se continúe limitando el análisis de las relaciones entre
los diferentes productores del derecho, sus competencias y normatividad en
términos de simple soberanía o de jerarquía institucional.
Multiculturalismo
El multiculturalismo es uno de los tantos temas ya
tratados y analizados por todos nosotros. El multiculturalismo así como se
aprecia en la palabra, hace referencia a la existencia de muchas culturas que
habitan en nuestro planeta. Así con esta simple definición podemos comprender
que el multiculturalismo simplemente es la coexistencia en un Estado de
diferentes grupos étnicos reclamando el conocimiento de su identidad y derecho
a la diferencia.
El profesor Luis Villar Borda en su
libro Derechos Humanos: responsabilidad y multiculturalismo lo desglosa en dos
ensayos en donde el primero trata sobre el tema de la “responsabilidad por su
violación y el multiculturalismo “ tema que ha sido tratado en múltiples
oportunidades y lugares generando siempre muchas controversias sobre este tema,
en muchas de estas oportunidades son muchos los que han estado de acuerdo en el
establecimiento de una Corte Penal Internacional que se encargue de conocer ,
estudiar y juzgar a todos aquellos actores que de una u otra forma violan los
Derechos Humanos trátese de actores armados ilegales o legales; entre ellos el
mismo Estado, a pesar de que la constitución de 1991 le da un estatus a cada
una de las representaciones étnicas que se encuentran asentadas en el país no
se tiene la suficiente seguridad para evitar que sean masacrados o desplazados
en masa de sus lugares habituales de vida y trabajo.
De otra parte, en tanto una proporción
importante de los desplazados la constituye la población perteneciente a
pueblos indígenas, serán ellos quienes en ocasiones acudan al proceso penal
como víctimas. Se tendrá que analizar si el proceso penal frente a estos
pueblos, adoptado dentro de perspectivas de universalidad y monoculturalismo,
entra en crisis. Sin embargo durante los últimos años los niveles de pobreza
han aumentado de manera abrumadora, además de algunas prácticas
discriminatorias frente a determinados sectores de la población (homosexuales,
desplazados, mujeres) aun son propaladas bajo el auspicio de un ordenamiento
jurídico deficiente; y por último, la creciente especialización en las
diferentes ramas del derecho, y el reconocimiento de la diversidad cultural han
propiciado el florecimiento de regímenes diferenciados de protección, como es
el caso del régimen propio de los grupos indígenas, de las comunidades negras,
o de las comunidades de paz.
Conclusiones
El tema de los derechos
humanos se debe ver desde una
perspectiva en conjunto de la sociedad internacional pese a que esté limitada para una minoría bastante reducida.
El desarrollo debería ser universal. Pero la globalización busca una
centralidad que aísla a los DDHH.
Puede decirse que la globalización en
su contexto histórico ha sido muy importante, sin embargo, la historia global
no se debe interpretar en función de una región en particular sino en todo su
contexto. Lo irónico es que en la actualidad se muestra como si el poderío
económico de nuestra época es el mayor avance en la plenitud de vida que los
humanos debemos tener, sin embargo, sólo está limitado para una minoría
bastante reducida.
Es importante analizar el trasfondo de
la globalización que, en realidad, aparece promovida por la doctrina neoliberal que la determinó
como proyecto político. Este persigue la construcción de una organización
económica internacional en la que la libertad financiera se expanda sin obstáculos,
ni siquiera las disposiciones estatales puesto que éstas deben estar a su
entero servicio.
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Bibliografía
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